Por Rubén Coronel
El Banco Central de Venezuela, ente ejecutor de la política monetaria del país, anunció que los billetes del cono monetario denominado Bolívar Soberano saldrán de circulación a partir del 25 de septiembre. La información se confirma tras su publicación en Gaceta Oficial número 42.952, de fecha 29 de agosto de 2024, con una resolución del BCV. En la misma se notifica que los billetes de ese cono monetario con denominaciones de 10.000, 20.000, 50.000 y 200.000 bolívares estarán vigentes hasta el 25 de septiembre.
La Gaceta Oficial especifica que los billetes iguales o inferiores a los 200 mil bolívares del cono monetario “Bolívar Soberano” pueden depositarse en las instituciones del sistema bancario nacional hasta las 3:00 p.m. del 25 de septiembre para acreditarse su valor en las cuentas. También se especifica que las entidades bancarias que aún tengas esos billetes “deberán proceder de acuerdo con lo dispuesto en el reglamento sobre la Acuñación, Impresión, Emisión, Circulación, Canje y Destrucción de Especies Monetarias”.
Conforme a lo señalado y reproducido por las referidas fuentes, la resolución contiene los siguientes artículos:
Artículo 1.- Los billetes del cono monetario identificado como Bolívar Soberano, emitidos por el Banco Central de Venezuela, con denominaciones de Bs. 10.000; Bs. 20.000; Bs. 50.000 y Bs. 200.000, circularán hasta el 25 de septiembre de 2024, fecha a partir de la cual perderán su poder liberatorio.
Artículo 2.- Los billetes y las monedas de las denominaciones iguales e inferiores a Bs. 200.000 emitidos por el Banco Central de Venezuela pertenecientes al cono monetario identificado como Bolívar Soberano, podrán ser depositados ante las instituciones bancarias del sistema financiero hasta las quince (15) horas del día 30 de septiembre de 2024, a efectos de su acreditación en cuentas en tales instituciones.
Artículo 3.- Las instituciones bancarias del sistema financiero nacional que posean existencias de billetes y monedas del cono monetario identificado corno Bolívar Soberano de las denominaciones mencionadas en los artículos precedentes, deberán proceder de acuerdo con dispuesto en el Reglamento sobre la Acuñación, Impresión, Emisión, Circulación, Canje y Destrucción de Especies Monetarias.
Artículo 4.- >La presente Resolución entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
El referido cono monetario, identificado como “Bolívar Soberano” estuvo en vigencia entre agosto de 2018 y octubre de 2021; reemplazó al cono monetario denominado “Bolívar Fuerte” y fue sustituido por el cono monetario vigente a la fecha, denominado “Bolívar Digital”, aunque -según se interpreta- tales denominaciones se han considerado temporales, puesto que una vez se estabilizaron los cambios propios de las reconversiones o actualizaciones monetarias que los generaron, la moneda nacional ha debido pasar a denominarse simplemente “bolívar”.
Aunque el ciudadano común se maneja desde hace casi tres años con esta dualidad de cono monetario, se interpreta con acertada la medida.